María del Carmen Nava Polina
29 de octubre de 2019
¿Por qué se habla de combatir la corrupción y no de erradicarla, si tan costoso es para todos? Me preguntaron en conferencia que impartí sobre corrupción y gobernanza, en las instalaciones de San Lázaro, en la Cámara de Diputados. El planteamiento tenía la aspiración de un ideal, frente a la antagónica realidad social. Y si, en el uso de las palabras del propio marco legal, asumimos que no podrá erradicarse.
En contraste, los objetivos de la Agenda 20-30 para el Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, están fraseados con metas altas e incuestionables, un par de ejemplos son: el fin de la pobreza (objetivo 1); paz, justicia e instituciones sólidas, (objetivo 16).
Partimos, pues, de asumir que combatiremos (que no erradicaremos) la corrupción. Y en este sentido, en México el contar con información sobre las declaraciones 3 de 3, relativas al patrimonio, a los intereses y situación fiscal de las personas, son parte de las disposiciones de transparencia, de combate a la corrupción y de responsabilidades administrativas de servidores públicos. ¿Cómo está su aplicación en el caso de la Ciudad de México?
Generar confianza
El artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece como parte de las responsabilidades de personas servidoras públicas, particulares vinculadas con faltas administrativas graves o hechos de corrupción, y patrimonial del Estado, estableció la obligación de presentar las declaraciones de intereses y patrimonial. ¿Cuál es el objetivo de tener declaraciones en versiones públicas?
La declaración patrimonial permite conocer el estado, evolución y valor estimado de los bienes que posee la persona declarante desde el inicio hasta el fin de su encargo.
La declaración de intereses permite identificar aquellas actividades o relaciones que podrían interferir con el ejercicio de las funciones o la toma de decisiones de personas funcionarias y de interés público.
Junto con la declaración fiscal -que comprueba que la persona declarante ha cumplido con sus obligaciones de pago de impuestos-, las tres declaraciones buscan reconstruir la confianza ciudadana en la clase política y en la burocracia.
En ese sentido, el artículo Art. 121, fracción XIII de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública, y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México contempla la obligación de publicar en versión pública la declaración patrimonial, así como la de intereses y la fiscal.
La presentación de las declaraciones #3de3 no sólo es una obligación de transparencia, sino un ejercicio de rendición de cuentas, con la finalidad de que constituyan una herramienta clave y efectiva para el combate a la corrupción.
Merece subrayar que la publicidad de las declaraciones permite a la sociedad acercarse a las personas servidoras públicas, tomar conocimiento de sus intereses particulares que pudieran entrar en conflicto con la función pública, evidenciar posibles errores y delitos, denunciarlos y exigir su responsabilidad legal, al mismo tiempo que sirve de instrumento para robustecer la confianza social en las instituciones del Estado (Legislativo, Judicial, Ejecutivo, autónomos).
Ocho de diez
Hay dos lineamientos que se siguen para la valoración de existencia de la información, en el caso de la Ciudad de México: el que emite el Sistema Nacional de Transparencia (conformado por treinta y seis integrantes: los 32 organismos garantes locales del país, el INAI, la Auditoría Superior de Fiscalización, el INEGI y el Archivo General de la Nación) y lineamientos del InfoCdMx que faltan por actualizar desde 2016. Justo en este campo, nos estamos ocupando para actualizar los lineamientos de cumplimiento de obligaciones de transparencia, que es un área que, junto con la de Estado Abierto y Estudios, coordino en el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la capital (InfoCdMx).
Para evaluar que las declaraciones 3 de 3 estén en línea y en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), no se consideran si la información se reporta en los formatos publicados en el Diario Oficial de la Federación, aprobados por el Comité Coordinador del Sisteama Nacional Anticorrupción. O bien si la información corresponde a la totalidad de personas servidoras públicas que están en estructura. La evaluación de cumplimiento da por válida la información con links que direccionen a las declaraciones, pero no se revisan si éstas están completas en versiones públicas, porque los lineamientos vigentes no lo determinan.
Por ende, el alcance que puede tenerse en este tema respecto del cumplimiento de que la información pública esté completa, aun es limitado; estamos justo en proceso de actualización.
En este contexto, conforme al corte de información a diciembre de 2018, ocho de cada diez sujetos obligados de la Ciudad de México (146 para diciembre de dicho año), cumplían con tener los vínculos sobre declaraciones 3 de 3 en versiones públicas. Cabe destacar que el cumplimiento promedio del Poder Legislativo está por encima del promedio de los órganos autónomos.
El Índice de Cumplimiento Promedio (ICP) por ámbito es el siguiente:
- Administración Pública Central: 81.37%
- Desconcentrados: 81.28%
- Fondos y Fideicomisos: 67.4%
- Alcaldías: 67.90%
- Poder Legislativo: 87.5%
- Poder Judicial: 100%
- Órganos Autónomos: 85.12%
Aprovecho para comentar que la consulta de resultados de evaluaciones de cumplimiento de obligaciones de transparencia se encuentran en datos abiertos. A cualquier persona interesada en la Ciudad de México le será posible analizar la información por tema, conforme a cada fracción de articulados, por sujeto obligado o por ámbito. Podrán encontrar los informes de resultados, dictámenes de cada sujeto obligado, infografías por ámbito que enfatizan algunas recomendaciones. Aquí los resultados respecto de la información existente en 2018.
Comparto gráficos del cumplimiento de las declaraciones #3de3 por parte de los sujetos obligados y conforme a cada ámbito.
Lineamientos para combatir corrupción
De conformidad con los Lineamientos y Metodologías de Evaluación aprobados por el Instituto en el 2016, la publicación de las tres declaraciones debe de ser actualizadas de forma trimestral y debe de conservarse la información del ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio anterior en la Plataforma Nacional de Transparencia y en los respectivos portales de internet.
En la Ciudad de México existen tres supuestos respecto de la presentación de estas tres declaraciones:
- El primero consiste en la publicación de las tres declaraciones en los portales de internet, a través de un hipervínculo que remite a la Secretaría de la Contraloría para el ámbito de la Administración Pública Central, Desconcentrados, Descentralizados, Fondos y Fideicomisos y a los respectivos Órganos de Control para los ámbitos del Poder Legislativo, Judicial y Órganos Autónomos.
- El segundo versa en que los sujetos obligados publiquen la declaración patrimonial y de intereses, sin remitir al vínculo de la fiscal; por lo que es incompleta la publicación de la información.
- El tercero consiste en que publicar los formatos, pero los hipervínculos remiten a una nota fundada y motivada en la que se explica que no se publican las declaraciones señaladas en la fracción debido a que el Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México no ha emitido los Lineamientos correspondientes, de conformidad con el artículo 26 de la Ley de Responsabilidad Administrativa de la Ciudad de México.
Con tales características, es indispensable que el Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México emita los Lineamientos necesarios para generar publicidad y transparencia respecto de la publicación de las declaraciones. Y este este sentido la objetividad, legalidad, integridad y sustento de la toma de decisiones que lleven el Comité de Participación Ciudadana y el Comité Coordinador de la #CdMx, instalados hace unos días, es crucial para la generación de confianza pública en su desempeño para reducir la corrupción.
Recordar que la corrupción afecta más a quienes menos tienen, orientará el motivo original de haber creado estos sistemas anticorrupción en el país.
Así lo refiere la Convención contra la Corrupción de la Organización de las Naciones Unidas: “La corrupción afecta infinitamente más a los pobres porque desvía los fondos destinados al desarrollo, socava la capacidad de los gobiernos de ofrecer servicios básicos, alimenta la desigualdad y la injusticia y desalienta la inversión y las ayudas extranjeras. La corrupción es un factor clave del bajo rendimiento y un obstáculo muy importante para el alivio de la pobreza y el desarrollo”.
Democracias Capturadas
El combate a la corrupción se llevó a debate en el Seminario Internacional #DemocraciasCapturadas de la Red por la Rendición de Cuentas, coordinada por Lourdes Morales. “La región lationamericana se encuentra acechada por la captura de las democracias, lo que ha generado graves exclusiones, violencia y una profunda desigualdad en la región. La captura del Estado por parte de élites políticas y económicas es la causa de la corrupción estructural; mientras este problema no se ataje, la corrupción seguirá campando en las administraciones pública”, enfatiza el comunicado del Seminario.
En este debate académico, de incidencia y reflexión en la región de América Latina, es preciso señalar que el Estado Abierto, para su realización, exige componentes de integridad y rendición de cuentas. Sin esos elementos -entre otros-, no es posible concretarlo. De ahí deriva un aporte relevante a los esfuerzos para combatir la corrupción.
El enfoque de apertura implica también el fortalecimiento del Estado democrático de Derecho, garantizar el eficaz funcionamiento de los pesos y contrapesos que caracterizan la división de poderes, todo con el fin de crear un ambiente propicio para la representatividad de la toma de decisiones en el ámbito público, para que las políticas públicas diseñadas y emprendidas mejoren, para que las soluciones que ofrecen se apeguen efectivamente a las necesidades de la población; y con ello estar en mejores condiciones para compatir la corrupción.
Por todo ello, es imperativo construir, en común, una exigencia de rendición de cuentas. Una democracia eficaz y sustentable no es compatible con una cultura que:
- Admite el gasto de recursos públicos sin una justificación clara,
- No exige cuentas públicas, accesibles y oportunos de las distintas etapas asociadas a las decisiones correspondientes,
- No demanda compromisos tangibles para evidenciar los resultados obtenidos,
- O que no demuestra que los resultados son pertinentes para resolver los problemas a cuya atención se enfocaron.
No es posible combatir la corrupción sin un Estado abierto.
Texto publicado en Animal Política