Planteamos en el presente texto tres temas: incumplimientos legislativos que no han sido escándalos (¿cómo podrían serlo?), estados en los que aplicará la reelección de diputados locales y sus características, y los riesgos de retrocesos en la ley general de transparencia.

Los pasos para generar escándalo

Para que una investigación de cualquier sistema político sea quirúrgica y contundente para empujar al cambio, requiere cumplir con cinco elementos: 1) tener sustento, 2) que un medio de comunicación la tome, 3) que preocupe a los actores políticos, 4) que sea oportuna, 5) que se viralice para que no se diluya el efecto de cambio.

El conflicto de interés no es la excepción. Es un tema presente en el discurso que en este momento espera resolverse con un Sistema Nacional Anticorrupción (SNA). Pregunto: ¿y el incumplimiento de las disposiciones legales que hoy existen?

Para que cualquier sistema alcance su fin, hay que supervisarlo, conocer de él y vigilar su cumplimiento. Al día de hoy, tenemos legisladores que no respetan lo que firman, que no publican lo que la ley establece. Tres ejemplos.

  1. En septiembre de 2014 se firmó la Alianza para el Parlamento Abierto en México entre el Senado, organizaciones de sociedad civil e IFAI. La Cámara de Diputados decidió no firmar, sólo testificar. Con ello los diputados federales no se comprometieron a adoptar ningún principio de parlamento abierto.

A cinco meses, con la presidencia de México de la Alianza por el Gobierno Abierto a nivel internacional y el compromiso de impulsar como tema el parlamento abierto, veremos qué resultados arroja el país si no ha habido avances. Como lo hemos referido con anterioridad: el parlamento abierto no se discursa, se ejerce.

No basta poner colores y bonitas fotos a un sitio web para que sea un portal de parlamento abierto, o asistir a eventos internacionales y hablar de un parlamento abierto que aún no existe en la práctica.

  1. Los reglamentos de Diputados y Senadores establecen la obligación de informar sobre los conflictos de intereses y lo incumplen.

El artículo 8, apartado 1, fracción VI del Reglamento de la Cámara de Diputados refiere como obligación “Informar de los asuntos en los que tengan intereses o puedan obtener beneficios personales y excusarse de participar en la promoción, gestión, recomendación y discusión de los mismos”.

El artículo 10, apartado 1, fracción VII del Reglamento del Senado de la República establece como obligación “Informar al órgano camaral que corresponda de los asuntos competencia del Senado en los que tengan interés económico o beneficio personal y excusarse de participar en las gestiones, los trámites y los procedimientos relativos”.

Diputados federales y senadores incumplen con estas disposiciones, ¿no deberíamos encontrar como primera plana que los legisladores llevan casi tres años sin presentan los asuntos en los que tienen conflicto de interés?

¿Qué se requiere para hacer de este tema un escándalo y mover al cambio? Esa es una deficiencia de la fuerza de los medios de comunicación. ¿Les interesa ser un contrapeso para que el ejercicio del poder sea más transparente? La regulación legislativa existe, hay incumplimiento, ¿qué esperan para llevarlo a primera plana?

  1. La Cámara de Diputados eligió en el pleno un Consejo Ciudadano de Transparencia en 2012 que no ha funcionado. Sin embargo, hay preocupación por construir un sistema nacional anticorrupción cuando ni siquiera se exige cumplir con lo básico del funcionamiento interno de transparencia de los legisladores.

¿A quiénes representan los diputados federales si ni siquiera les exigimos que cumplan lo que deben hacer? ¿Cómo esperamos que un sistema funcione como ente abstracto si no pedimos el cumplimiento básico del desempeño legislativo? En el mecanismo de rendición de cuentas, es indispensable pedir cuentas. Y al momento ha habido conformismo en la exigencia. ¿Podemos tomar esta bandera y generar un escándalo que mueva al cambio?

A veces teorizar o emitir un análisis es más sencillo que ser ciudadano de tiempo completo, pues es una función que no representa –necesariamente- una retribución económica.

Los 15 estados que reeligen

De las 17 entidades federativas que renovarán su congreso local en el mes de julio, en quince de ellas iniciará la disposición constitucional para que los diputados locales puedan ser reelectos para el periodo consecutivo inmediato. A nivel federal entrará en vigor a partir de 2018 para diputados federales y senadores y los legisladores podrán reelegirse hasta por doce años.

Para el caso de los diputados locales de las entidades con comicios en 2015, el plazo de reelección va de los seis a los doce años. Los quince estados que elegirán a 532 legisladores con posibilidad a reelegirse, son: Baja California Sur, Campeche, Colima, Chiapas, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tabasco y Yucatán.

Los legisladores de Colima podrán ser reelectos hasta por seis años, los de Morelos hasta nueve, y el resto de las entidades federativas, hasta por doce años.

Las dos instituciones legislativas en las que entrará en vigencia la reelección hasta 2018, son el Distrito Federal y Sonora.

La siguiente tabla presenta las entidades federativas que elegirán diputados locales en 2015, el número de diputados que integrarán las nuevas legislaturas, el año de vigencia de la reelección y los años que pueden ser reelectos.

Congreso Diputados a elegir en 2015 Año de inicia reelección diputados locales Años de reelección legislativa
Baja California Sur 21 2015 12
Campeche 35 2015 12
Colima 25 2015 6
Chiapas 41 2015 12
Distrito Federal 66 2018 12
Guanajuato 36 2015 12
Guerrero 46 2015 12
Jalisco 39 2015 12
México 75 2015 12
Michoacán 40 2015 12
Morelos 30 2015 9
Nuevo León 32 2015 12
Querétaro 25 2015 12
San Luis Potosí 27 2015 12
Sonora 33 2018 12
Tabasco 35 2015 12
Yucatán 25 2015 12
Total 631

Fuente: Visión Legislativa a partir de revisión de constituciones estatales de 31 entidades federativas y Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, febrero 2015.

 

Como hemos referido en textos previos: la reelección no es una caja mágica que selecciona por sí misma a los mejores legisladores. Los ciudadanos son agentes elementales y requieren contar con información sobre el desempeño de los diputados en el ejercicio completo de sus facultades: legislación, fiscalización, representación, gestión, investigación, jurisdiccional, presupuestal, equilibrio de poderes y revisor de políticas públicas. Con información, el elector podrá tomar una decisión sobre la conveniencia de reelegir o no al legislador.

Esto es el mundo ideal…

Para construir, proporcionar, difundir y aportar a la democracia en materia de información de calidad y sustantiva de la actividad legislativa, están las organizaciones, medios de comunicación, academia, especialistas, instituciones. Hay mucho que capacitar sobre todas las facultades en el Poder Legislativo (no sólo legislar) y todas ellas se deben evaluar para contar con elementos que formen parte de un criterio de valoración de desempeño de diputados y senadores.

Para conocer un poco más sobre las tasas de experiencia legislativa en el siglo XX, aquí pueden encontrar algunos datos que conforman la investigación que hemos realizado por más de veinte años los fundadores de Visión Legislativa, Jorge Yáñez López y la que esto escribe.

La tasa de reelección legislativa en la Cámara de Diputados durante el Porfiriato fue del 47 por ciento, en el Senado fue del 43. Seguramente las tasas futuras que se observen de reelección, serán por debajo de estas cifras.

Proceso legislativo y ley de transparencia

La discusión sobre la falta de aprobación de la Ley General de Transparencia (el Congreso de la Unión lleva diez días de atraso de acuerdo al plazo constitucional) y los riesgos de retrocesos, es un ejemplo de los alcances que pueden tomar los mecanismos de participación ciudadana y de parlamento abierto.

En distintas entrevistas la Senadora Arely Gómez y su colega en la Cámara de Diputados, Areli Madrid (ambas del grupo parlamentario del PRI), refirieron que se trabajó sobre la construcción de la ley con la sociedad civil, pero que es momento de que los legisladores discutan y aprueben entre ellos. Lo cual es una respuesta que atiende al proceso legislativo formal, pero no a una dinámica democrática participativa.

La legislación en materia de transparencia involucra un punto fundamental: el derecho humano al acceso a la información pública. Y esa parte corresponde –entre otros actores- a ser ejercido por cualquier interesado en conocer sobre la toma de decisiones y práctica del poder público; es decir, corresponde a los ciudadanos y al órgano garante de transparencia que recién ejerce su autonomía constitucional.

Por ello es indispensable que el criterio del legislador considere, se oriente e incorpore la experiencia de especialistas que llevan años en la práctica de la transparencia. Lo que se debate y se definirá en el Congreso con esta ley general no es la postura ni visión de un partido en el gobierno. Se definirá y plasmará el alcance que tengan los legisladores sobre qué tipo de gobierno público podrá observarse: uno cerrado, abierto y en qué grados de accesibilidad y rendición de cuentas.

Es claro que no cualquiera crea instituciones y figuras de largo aliento. Por ello los estadistas y demócratas son tristemente escasos. ¿A qué le van a apostar los senadores y diputados de la LXII Legislatura? ¿A cubrir los intereses del partido en el gobierno, o a abonar a un gobierno y poderes transparentes que permitan revisar su ejercicio sin tapujos ni restricciones?

Hay que tener en la mira que la mejor dinámica democrática es la que origina la competencia. Y en competencia entre más claras sean las reglas de participación, mayores son los beneficios para los involucrados. Sea el gobierno que sea, ¿los ciudadanos podrán o no tener acceso a la información de sus representantes y gobiernos?

Resalto un punto de los diez que presentó el IFAI a los legisladores, sobre los riesgos de las propuestas que buscan incorporarse en la ley de transparencia durante el proceso de dictamen: la reserva de información por seguridad nacional por parte de la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República: “trastoca lo establecido en el artículo 6º constitucional, el cual solo lo faculta para impugnar las resoluciones del organismo garante federal”.

Algunas de las propuestas que buscan incorporarse en el dictamen de la ley general son retrocesos inaceptables como ésta que pretende ampliar facultades más allá de lo establecido en la constitución. Para ello se recomienda seguir el trabajo del Colectivo por la Transparencia, México Infórmate y de la Red de Rendición de Cuentas.

Aquí el texto completo:

Conflicto de intereses, nuevos diputados locales y ley de transparencia, 17feb15

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