¿Cómo fortalecer las facultades de fiscalización de los legisladores si ellos mismos no son fiscalizables? Es una desafortunada coincidencia a nivel federal y estatal.

Visión Legislativa observa el grado de rendición de cuentas en los congresos locales y en el Congreso de la Unión a nivel federal. Participa en un proyecto de evaluación de la calidad de vida en la ciudad de México (D.F. y municipios conurbados del estado de México) dentro del segmento de indicadores de gobierno. En el área específica del desempeño legislativo, se construye el índice de transparencia en el uso de recursos legislativos.

Es un trabajo encaminado a impulsar las metas de la Declaración sobre Transparencia Parlamentaria, pues Visión Legislativa es una de las tres organizaciones encargadas de observar y evaluar en México el estado de transparencia legislativa a nivel federal y en los congresos locales.

Ahora bien, la estructura programática del gasto es el conjunto de categorías y elementos programáticos ordenados en forma coherente, el cual define las acciones que efectúan los ejecutores de gasto para alcanzar sus objetivos y metas, de acuerdo con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Aún más, de acuerdo a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Congreso de la Unión y los legislativos locales están obligados a transparentar, difundir y publicar por internet, el uso de su presupuesto, cuentas públicas y desglose del uso de recursos federalizados (que la Federación transfiere a los estados). En fin, legalmente, están obligados a ser más transparentes, luego de que la entrada en vigor de esta ley para las entidades federativas es justo el presente mes de mayo.

En contraste a la ley (o por saltarse olímpicamente lo que disponen), hay un par de casos dignos de referencia: el Distrito Federal y Tabasco.

El caso reciente del congreso del estado de Tabasco es dramático. Realizaron la reserva de información del uso y aplicación de los recursos públicos de 2013 y su cuenta pública hasta 2015. La violación a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y al artículo sexto constitucional que establece el principio de máxima publicidad de la información, es clara. Esta resolución fue firmada por el Presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Tabasco el pasado 10 de mayo.

Aquí el texto completo de la columna:

Fiscalización en congresos locales, 14may13

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