Ciudad de México, 19 de junio 2018.

María del Carmen Nava Polina

@MaricarmenNava

Estoy convencida de que, al momento de poner la lupa en la cosa pública, los casos de escándalo en cualquier nivel e institución, brillan con un tono fluorescente. Ahora tocamos el caso de un diputado local que tuvo que recurrir a un tribunal, para que dictaran sentencia y ordenaran a la Legislatura ¡a que le llamaran a tomar protesta! Aunque usted, no lo crea.

Ordenan cumplir con la ley… a quienes las hacen

Haber sido electo en urnas y tener constancia de la autoridad electoral como diputado suplente, no es suficiente para que, en caso de que el propietario solicite –y le otorguen- licencia, le convoquen a rendir protesta. Esto ocurrió en la Ciudad de México.

La Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), no convocó a rendir protesta al diputado local suplente de José Gonzalo Espina Miranda, del Partido Acción Nacional, siendo que habían aprobado su solicitud de licencia, el 26 de abril de 2018; y que el 2 de mayo la ALDF tomó protesta a cinco diputados suplentes, excepto a Nilo Rodríguez Covelo.

Por esa razón, el diputado suplente plurinominal, remitió a la Comisión de Gobierno y a la Mesa Directiva de la ALDF, comunicaciones para requerir se le convocara a rendir protesta; lo cual no sucedió. Posteriormente, presentó –en histórico caso- juicio para la protección de sus derechos político-electorales ante el Tribunal Electoral de la Ciudad de México.

El argumento –por increíble que parezca- que presentó la Comisión de Gobierno ante el Tribunal, para no convocar a tomar protesta, fue: “que el Órgano Legislativo no se encuentra en Periodo Ordinario de Sesiones y además porque el diputado propietario al que corresponde sustituir no forma parte de la Diputación Permanente.” Si este razonamiento fuera válido, implicaría llegar al absurdo de que la representación popular en el caso legislativo, se ejerce únicamente en periodo ordinario de sesiones. La sentencia del expediente TECDMX-JLDC-089/2018 puede consultarse aquí.

Ambos argumentos del órgano de gobierno son contrarios a lo que establece la Ley Orgánica de la ALDF en sus artículos 23 y 58, pues el llamado a tomar protesta debe ser inmediato a la aprobación del representante que solicite licencia; y en caso de periodo de receso, la Comisión Permanente es la encargada de tomar protesta.

El 30 de mayo, el Tribunal Electoral de la capital del país, ordenó a la Comisión de Gobierno que convocara a tomar protesta al diputado suplente. Finalmente, el 6 de junio Rodríguez Covelo protestó como diputado en funciones ante la Comisión Permanente.

Un mes después y sentencia de por medio, la Asamblea Legislativa se vio orillada a cumplir con su propia Ley Orgánica, luego de que la autoridad jurisdiccional se lo ordenara.

Es un caso más, en el que la representación legislativa es requerida por una institución externa, a cumplir con sus tareas más básicas. Recordemos otros casos, como el de la Subcomisión de Examen Previo de la Cámara de Diputados que fue multada por un juzgado al no dictaminar juicios políticos, o bien el ordenamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nacional al Congreso, para legislar en materia de publicidad oficial.

El elemento en común para que estos tres temas fueran resueltos, es que los presentaron ciudadanos afectados por las decisiones de las legislaturas. Conforme hay mayor participación ciudadana que utilice los recursos legales para exigir el cumplimiento de derechos y de las leyes, la maquinaria del Estado y sus marcos constitucional y legal se ven más evidenciados en su ausencia e/o ilegalidad de sus decisiones.

La politización de los criterios

Pasar del “confía en mí” a “explícame lo que haces” va en el camino de recuperar la confianza en las instituciones, refiere Miguel Ángel Gonzalo en un texto que conforma el libro La Crisis contemporánea de la representación política. Es justo ese enfoque el que da pie a la rendición de cuentas.

Hay diseños institucionales que procuran un desempeño menos discrecional y concentrado en pocos cargos; van más en el sentido de dar respuesta pública al “explícame lo que haces”. Tal es el caso de las incompatibilidades legislativas en España.

Los legisladores del Congreso de los Diputados de dicho país europeo, están obligados a declarar sus bienes patrimoniales. Existe una Comisión de Estatuto que revisa lo declarado y hace de conocimiento del Pleno, las incompatibilidades de los diputados –si las hubiere-. Los legisladores tienen ocho días para elegir entre el escaño o el cargo incompatible. Su Reglamento es de 1982 y dicha disposición se plasmó en la reforma de 1993.

Por si fuera poco, España tuvo su Ley de Transparencia hasta 2013. Es decir, transparentó información veinte años antes de que existiera una ley en la materia. Aquí es el momento de preguntarnos ¿cómo es que aplicamos la máxima en México, de que primero deben existir disposiciones legales para empezar a ser transparentes, o –mejor dicho- para exigir que lo público se transparente?

La Comisión de Estatuto en España comunica directamente sus resoluciones al Pleno, con lo que (al menos teóricamente) reduciría la posibilidad de ajustar los criterios de incompatibilidades de legisladores, a negociación política de los órganos de gobierno.

En el caso de México, no existe una comisión o comité que prevea la incompatibilidad legislativa; tendrá que ser considerada una figura similar, como parte de la armonización que deben dar en materia anticorrupción. Debe de debe, por el hecho de que existirá la reelección legislativa a nivel federal, a partir de la legislatura que se integrará con los resultados de las elecciones del 1° de julio 2018.

El exorcismo

Los focos de análisis, debates, medios, cuestionamientos, requerimientos, críticas, propuestas, hacia candidaturas participantes en la #Elección2018, estuvieron, siguen y terminarán, en las campañas presidenciales. Y gran parte de la corresponsabilidad de gobierno está en los legislativos. Es una pena observar que al debate público y a la exigencia ciudadana le hace falta un gran trecho por andar en términos de interiorizar –y actuar en consecuencia-, que la democracia no depende de una sola figura.

Sería de mayor beneficio público exigir con intensidad que las candidaturas que aspiran a ocupar el cargo de 1,600 legisladores federales y locales, presenten propuestas claras, expliquen cómo van a ser verdaderos contrapesos de los poderes ejecutivos, cómo serán certeros fiscalizadores y puntillosos investigadores.

Qué ganas de exorcizar la mentalidad presidencialista colectiva, para dar paso a la exigencia diversificada de la representación política.

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Aquí puede consultarse la versión completa del texto:

Hacer leyes vs cumplirlas, 18jun18

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